Un contrato verbal tiene exactamente los mismos efectos que uno escrito, lo que pasa es que ante terceros es más difícil de demostrar que existió y el detalle de todos los acuerdos tomados, ya saben eso de que las palabras se las lleva el viento. Pero si hay más que palabras, si hay documentos y testimonios que puedan acreditar que ese acuerdo existió, la fuerza de la palabra tiene la misma que la de la tinta. El Sevilla posee emails y whatssapp autentificados que se pretende que sean soporte probatorio suficiente para fundamentar ese contrato verbal
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